El Alcalde de Puerto López, Pedro Velandia Bejarano, en su compromiso de proteger los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes, así como la tranquilidad de la comunidad en general en espacios públicos, presentó ayer miércoles, a través de una transmisión en vivo, el decreto que regula las zonas en las que está prohibido el consumo de sustancias psicoactivas, incluida la dosis personal.
De acuerdo con el Decreto 031 del 06 de febrero de 2024 (enmarcado en la Ley 1801 de 2016, modificada por la Ley 2000 de 2019), la Alcaldía de Puerto López restringe dicho consumo en instituciones o establecimientos educativos públicos y privados, parques y plazas públicas, escenarios deportivos, culturales y recreativos, así como en eventos públicos o privados con presencia de menores de edad. Esta medida aplica en estos puntos y a 100 metros a la redonda.